viernes, 22 de abril de 2011

EL RECONOCIMIENTO DEL IMPUTADO

EL RECONOCIMIENTO DEL IMPUTADO


Sentencia Nº 435 de Sala de Casación Penal, Expediente Nº C07-488 de fecha 08/08/2008
Materia :Derecho Procesal Penal
Tema: Reconocimiento del Imputado
Asunto
Señalamiento en audiencia.

...que todo aquel señalamiento realizado por el testigo o la víctima, donde se advierta la presencia del imputado en cualquier acto del proceso, sin la realización previa de los requisitos delimitados en el supra indicado artículo, no puede ser considerado un reconocimiento conforme a la ley, por cuanto careció de los elementos propios del mismo para preservación de los derechos inherentes al imputado.

Sentencia Nº 120 de Sala de Casación Penal, Expediente Nº C07-0483 de fecha 04/03/2008
Materia :Derecho Procesal Penal
Tema: Reconocimiento del Imputado
Asunto
Práctica en la Fase Preparatoria.

...el Reconocimiento de Imputado bajo el actual Código Orgánico Procesal Penal, debe practicarse en la fase preparatoria del proceso, y no en la audiencia oral y pública llevada por el Tribunal de Juicio, como lo plantea la recurrente.

 
Sentencia Nº 120 de Sala de Casación Penal, Expediente Nº C07-0483 de fecha 04/03/2008
Materia :Derecho Procesal Penal
Tema: Reconocimiento del Imputado
Asunto
Actuación procesal propia de la etapa de investigación.

...el juez de juicio no puede participar en la realización del acto de reconocimiento en rueda de imputado, como hace referencia la recurrente, ya que ésta actuación procesal forma parte de las facultades inherentes y propias de la etapa de investigación.

Sentencia Nº 205 de Sala de Casación Penal, Expediente Nº C06-0243 de fecha 04/05/2007
Materia :Derecho Procesal Penal
Tema: Reconocimiento del Imputado
Asunto
El señalamiento de un testigo o de la víctima al imputado en el debate oral no se concidera el reconocimiento del imputado establecido en la norma adjetiva.

... el Juez de Juicio sólo le dio valor probatorio a los reconocimientos que hicieran los testigos (...) durante el debate, esto resulta improcedente, por cuanto de esta manera la sentencia se estaría fundamentando en una prueba obtenida ilegalmente, debido a que el acto de reconocimiento efectuado en esas condiciones, es decir, realizado en la Sala de Audiencias, se hace en contravención a las formalidades establecidas en los artículos 230 y 231 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo tanto dicho acto es nulo, porque implica la inobservancia o violación de garantías constitucionales establecidas en el artículo 49 de la Constitución y los artículos 190 y 191 del Código Orgánico Procesal Penal. Tomando en consideración lo anterior, le asiste la razón a la defensa, sin embargo (...) aún cuando tal vicio existe, resulta inoficioso declarar con lugar la presente denuncia y anular el juicio por tal motivo, pues, si bien es cierto que tales reconocimientos contenidos en las declaraciones de los testigos en juicio son nulos, en autos existen otras pruebas que sirvieron de fundamento al Juez Unipersonal en funciones de Juicio para condenar a los acusados de autos...

Sentencia Nº 301 de Sala de Casación Penal, Expediente Nº C06-0089 de fecha 29/06/2006
Materia :Derecho Procesal Penal
Tema: Reconocimiento del Imputado
Asunto
El señalamiento de un testigo o de la víctima al imputado en el debate oral no se concidera como el reconocimiento del imputado establecido en la norma adjetiva.

...es erróneo afirmar que la declaración dada en el debate oral, bien sea por un testigo o una víctima, señalando o identificando al acusado como la persona que intervino en los hechos que se juzgan, se corresponde al reconocimiento de imputados, establecido en el artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal y por ello tampoco puede considerarse que dicha declaración en estos términos es nula o anulable....



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