domingo, 26 de enero de 2020

Amparo: Cambio de criterio

Mediante sentencia N° 145 del 18 de junio de 2019, Sala Constitucional cambió el criterio jurisprudencial sentado en sentencia N° 245 del 9 de abril de 2014, caso Salas & Agentes Aduaneros Asociados, C.A. y otros contra Vicencio Scarano Spisso, y estableció con carácter vinculante, lo siguiente:

"...que las denuncias de incumplimiento o desacato de mandamientos de amparo constitucional dictados por cualquier tribunal de la República, han de ser del conocimiento previo de esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia a la que deberá ser remitido inmediatamente el original del expediente para que dentro de un lapso perentorio de sesenta (60) días continuos, juzgue respecto de su viabilidad, mediante decisión sucinta, en términos de verosimilitud y no de plena certeza, a modo de controlar, prima facie, su fundabilidad".

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