La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia N° 311 del 26/04/2018, limitó el otorgamiento de hasta 2 medidas de protección y seguridad a la víctima establecidas en el artículo 90 de la Ley Orgánica Sobre El Derecho De Las Mujeres A Una Vida Libre De Violencia y hasta 2 medidas cautelares establecidas en el artículo 95 eiusdem.
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